Objetivo:
Este artículo tiene por objetivo suministrar a nuestros usuarios, información detallada sobre las opciones que ofrecemos para el cálculo de días en meses de 31 días, cuando el colaborador presenta inasistencias/novedades. Nos enfocaremos en ayudar a los usuarios a comprender las distintas alternativas disponibles y cómo estas pueden adaptarse a sus necesidades específicas.
Alcance / Limitaciones:
El alcance se extiende a los usuarios de Buk Colombia, especialmente a aquellos perfiles administradores encargados de realizar el proceso de pago de nómina utilizando nuestra plataforma.
Definiciones:
¿Qué son las inasistencias? Se consideran como inasistencias, todas aquellas novedades que hacen que el colaborador no se presente a realizar sus funciones. En Buk tenemos las siguientes:
Incapacidad por enfermedad laboral o accidente.
Incapacidad por enfermedad general.
Licencia de Maternidad/Paternidad.
Licencia Remunerada.
Licencia por luto.
Licencia por calamidad doméstica.
Día de la familia.
Licencia No Remunerada.
Suspensión.
Ausencias.
Vacaciones.
Sustento Legal y Aplicaciones:
Código Sustantivo del Trabajo (CST), en sus artículos: 51 sobre suspensión del contrato de trabajo, artículo 57, que nos habla sobre licencia por luto y calamidad doméstica, artículos 199 y 200 que nos define incapacidades por accidente de trabajo y enfermedad ocupacional, así como el valor del auxilio por incapacidad común en sus artículo 227 y 228, el artículo 236 que establece el periodo de licencia maternidad/paternidad, entre otros.
Proceso en plataforma:
Para el cálculo de días, tenemos diferentes metodologías, teniendo en cuenta las inasistencias de los colaboradores y los meses de 31 días. Por inasistencias nos referimos a vacaciones, incapacidades, tanto generales y laborales y todas las licencias remuneradas.
La metodología se puede ver/configurar en Configuración - Parámetros Generales – Metodología de Cálculo de Días Colombia. Esta opción es solo visible por tu usuario administrador, por lo que si deseas cambiarla, puedes comunicarte con nuestra área de Servicio al Cliente, quienes con gusto te apoyarán.
El comportamiento de cada una de las metodologías se detalla a continuación:
considerar_mes_30_inasistencias (da prioridad a la novedad): Siempre se considera el mes de 30 días, esto incluyendo tanto los días efectivamente trabajados, como los días de inasistencias en día 31. Por ejemplo, si tengo 2 días de licencia que incluyen el 31 del mes, mis días trabajados son 28 y 2 días de licencia para un total de 30, es decir, se conserva el día de novedad pero se descuenta 1 día de salario, para garantizar los 30 días mes.
Comprobante de pago: Licencia Desde el 30-10 hasta el 31-10 → 28 días trabajados y 2 días de licencia para un total de 30 días.
PILA: Reportamos en PILA el mismo comportamiento del comprobante de pago.
En la siguiente tabla veremos distintos escenarios:
pagar_inasistencia_dia_31: Considera el mes de 30 días pero si la inasistencia pasa por el 31, se considera el mes de 31 días incluyendo el pago de la inasistencia. Por ejemplo, si tengo 2 días de licencia que incluye el día 31, tendré 29 días trabajados y 2 de licencia para un total de 31 días.
Comprobante de pago: Licencia Desde el 30-10 hasta el 31-10 → 29 días trabajados y 2 días de licencia para un total de 31 días.
PILA: En PILA se deben reportar en todo momento 30 días, independientemente que el mes calendario a liquidar tenga 28, 29 o 31 días. Por esto, cuando existen más días trabajados a reportar, como el caso de esta metodología, se ajustan los días cotizados. Para el caso del ejemplo, tenemos una línea de salario de 28 días, pero con el pago de 29 y una línea de licencia correspondiente a 2 días. Como se está ajustando la línea normal de salario con un IBC mayor, entonces marcamos con una “X” el campo 23 (columna 145) de PILA (23. VST - Variación Transitoria de Salario). Tal como lo aprecias en la siguiente imagen:
En la siguiente tabla veremos distintos escenarios:
no_considerar_dia_31_inasistencia: Considera el mes siempre de 30 días pero cuando la inasistencia cae el día 31 no se paga (se ignora). Por ejemplo, si tengo 2 días de licencia que incluye el día 31, tengo 29 días trabajados y 1 de licencia.
Comprobante de pago: Licencia Desde el 30-10 hasta el 31-10 → 29 días trabajados y 1 día de licencia para un total de 30 días.
PILA: Reportamos en PILA el mismo comportamiento del comprobante de pago.
En la siguiente tabla veremos distintos escenarios:
Módulos Requeridos:
Base: Esencial.
Configuraciones Generales Necesarias o Asociadas:
Metodología de Cálculo de Días Colombia: que permite configurar cómo pagar/calcular los días de inasistencias en meses de 31 días.
Fuentes de Información:
Sustentos legales del Código Sustantivo del Trabajo (CST)
Palabras Claves:
Inasistencias, novedades, incapacidades, licencias, día 31, metodología, cálculo de días.
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