Pago de Mutual y ley Sanna.
Desde las remuneraciones de enero de 2019, y debido a la redistribución indicada por la Ley N° 21.010, empleadores e independientes deberán pagar a la Mutualidad las siguientes tasas:
- Cotización básica de 0,90%
- Cotización adicional correspondientes
- Cotización extraordinaria 0,010%
- Cotización Ley SANNA 0,020%
La tasa correspondiente a Ley SANNA, se debe pagar a todo evento, incluso si la persona beneficiada se encuentre con licencia médica.
Es importante considerar que la tasa del 0,03% tendrá una transición desde cotización extraordinaria hacia la Ley SANNA, como indica el siguiente cuadro:
Detalles del calculo que actualmente utiliza Buk:
X = Base imponible del mes actual * 0.90 %
Y = Base imponible del mes actual * 0.03 %
X + Y = Total Mutual
Hay empresas que tienen un índice de accidentabilidad mayor, por lo tanto deben pagar un porcentaje más alto de Mutualidad.
Te invitamos a ver el siguiente video para que lo puedas ajustar en tu página de Buk Starter:
Recuerda, si necesitas ayuda o tienes alguna duda puedes contactarnos a través de correo starter@buk.cl, ¡Felices te ayudamos!