Pago de Mutual y ley Sanna.


Desde las remuneraciones de enero de 2019, y debido a la redistribución indicada por la Ley N° 21.010, empleadores e independientes deberán pagar a la Mutualidad las siguientes tasas:


  • Cotización básica de 0,90%


  • Cotización adicional correspondientes


  • Cotización extraordinaria 0,010%


  • Cotización Ley SANNA 0,020%


La tasa correspondiente a Ley SANNA, se debe pagar a todo evento, incluso si la persona beneficiada se encuentre con licencia médica. 


Es importante considerar que la tasa del 0,03% tendrá una transición desde cotización extraordinaria hacia la Ley SANNA, como indica el siguiente cuadro:


Detalles del calculo que actualmente utiliza Buk:


X = Base imponible del mes actual * 0.90 % 

Y = Base imponible del mes actual * 0.03 %  


X + Y = Total Mutual


Hay empresas que tienen un índice de accidentabilidad mayor, por lo tanto deben pagar un porcentaje más alto de Mutualidad.


Te invitamos a ver el siguiente video para que lo puedas ajustar en tu página de Buk Starter:





Recuerda, si necesitas ayuda  o tienes alguna duda puedes contactarnos a través de correo starter@buk.cl, ¡Felices te ayudamos!