En este artículo te explicamos cuáles son los gravados y exentos que considera Buk para el cálculo de la nómina.


¿Qué es un gravado y un exento?


Cuando estamos contratados bajo el régimen de sueldos y salarios, recibimos un pago, es necesario que estos paguen ciertos impuestos. Pero también existen ciertos conceptos dentro de la nómina que se encuentran exentos del pago de gravamen. 


Lo exento corresponde a aquellos conceptos que no se consideran sujetos al cálculo de impuestos, como aquellos ingresos dispuestos para previsión social. Estos conceptos están especificados en el artículo 93 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, que explica los requerimientos que necesitan tener dichos ingresos para que estén libres de deducciones.  A continuación te los mencionamos: 

El derecho de exentar los ingresos, se encuentra contemplado en el artículo 93 de la ley del ISR, como mencionamos anteriormente. A continuación, mostramos algunos ejemplos y la cantidad exenta de cada uno:


DescripciónExentoArt.
Gratificación anual
(Aguinaldo)
30 UMAS93 Fracción XIV LISR
Participación de los
trabajadores en las
utilidades PTU
15 UMAS93 Fracción XIV LISR
Horas extra (Sólo aplica en
horas extra dobles, las triples
son gravadas en su totalidad)
100% Trabajadores de
SM y 50% para los demás con tope de 5 UMAS
por cada semana
93 Fracción I LISR
Prima dominical1 UMA por cada domingo que se labore93 Fracción XIV LISR
Prima vacacional15 UMAS93 Fracción XIV LISR
Prima por antigüedad, separación, retiro e indemnizaciones90 UMAS por cada año de servicios93 Fracción XIII LISR
Previsión social (becas, ayuda de funeral, útiles escolares)7 UMAS, si se eleva este importe, sólo 1 UMA mensual93 Penúltimo párrafo
Seguro de retiro90 UMAS por cada año de contribución93 Fracción XI LISR
Reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios, y de funeralSólo reembolso93 Fracción VI LISR
Jubilaciones, pensiones, o haberes de retiro en parcialidades15 UMAS por día93 Fracción IV LISR